Y En cumplimiento del decreto 2150 de 2017, se hacen las siguientes afirmaciones de Asonalca.

  • Que los aportes no son reembolsables bajo ninguna modalidad, ni generan derecho de retorno para el aportante, ni directa ni indirectamente durante su existencia, ni en su disolución ni liquidación.
  • Que los excedentes no son distribuidos bajo ninguna modalidad, ni directa, ni indirectamente, ni en su disolución ni liquidación.
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